Tengo Pico y Placa Hoy

Pico y placa en Pereira

Risaralda, Colombia

Hoy viernes, 30 de octubre de 2026

Hoy en Pereira tienen restricción: particulares (8 - 9), motos (8 - 9), taxis (5). La multa por incumplir la medida es de $ 875.452,50 (15 SMLDV de 2026) y la inmovilización del vehículo.

Cómo funciona el pico y placa en Pereira

Particulares

La restricción depende de el último número de la placa y se repite igual cada semana.

Aplica lunes a viernes, excepto festivos.

Horario: 6:00 a. m. a 8:00 p. m..

Próximos días: viernes 8 - 9, martes 2 - 3, miércoles 4 - 5, jueves 6 - 7.

Motos

La restricción depende de el último número de la placa y se repite igual cada semana.

Aplica lunes a viernes, excepto festivos.

Horario: 6:00 a. m. a 8:00 p. m..

Próximos días: viernes 8 - 9, martes 2 - 3, miércoles 4 - 5, jueves 6 - 7.

Taxis

La restricción depende de el último número de la placa y la rotación cambia cada semana, por eso conviene consultarla a diario.

Aplica domingo a viernes, incluidos los festivos.

Horario: 7:00 a. m. a 3:00 a. m..

Próximos días: viernes 5, domingo 7, lunes 3, martes 9, miércoles 5, jueves 2.

La restricción va de las 7:00 a. m. a las 3:00 a. m. del día siguiente.

Excepciones al pico y placa en Pereira

Multa por pico y placa en Pereira

Quien incumpla la restricción será sancionado con una multa de $ 875.452,50 (15 salarios mínimos legales diarios vigentes de 2026) y la inmovilización del vehículo, según el artículo 131, literal C, numeral 14 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010.

Reglas verificadas el domingo, 18 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes sobre el pico y placa en Pereira

¿Qué placas tienen pico y placa hoy en Pereira?+

Hoy, viernes, 30 de octubre de 2026, la restricción en Pereira es: Particulares: 8 - 9; Motos: 8 - 9; Taxis: 5.

¿Qué vehículos tienen pico y placa en Pereira?+

En Pereira hay información para: particulares, motos y taxis.

¿Cuál es la multa por incumplir el pico y placa en Pereira?+

La multa es de $ 875.452,50 (15 SMLDV de 2026) y el vehículo puede ser inmovilizado, según el artículo 131, literal C, numeral 14 de la Ley 769 de 2002.

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